martes, 3 de diciembre de 2013

Comunicaciones comerciales y Protección de Datos

Las empresas tienen la misma gran necesidad: conseguir clientes. 
Para ello echamos mano de las comunicaciones comerciales a través de boletines promocionales vía mail, llamadas de teléfono, sms, folletos comerciales, y últimamente whatsapp (como es el caso de perfumes24horas.com), etc.
Antes de realizar estas campañas hazte una pregunta. ¿Tienes en cuenta las obligaciónes legales?
La normativa a tener en cuenta en el tratamiento de datos que tengan por finalidad el envío de comunicaciones comerciales son:

La Ley de Protección de Datos de caracter personal establece que para tratar datos personales con finalidades publicitarias, los datos personales han debido ser proporcionados por el titular de los datos u obtenidos con su consentimiento o que los datos figuren en fuentes accesibles al público (directorios telefónicos, diarios y boletines oficiales, medios de comunicación, listas de personas pertenecientes a grupos de profesionales,...)
El incumplimiento de esta ley puede ocasionarte sanciones que oscilan entre los 900 euros y los 600.000 euros.

La LSSI regula las comunicaciones por via electrónica y se aplica tanto a personas fisicas como jurídicas. De este modo, mientras a una comunicación por via postal le es aplicable la LOPD, a un email se le aplica además la LSSICE.
Para cumplir con la LSSICE cuando realices comunicaciones comerciales debes identificarte como la persona física o juridica que remite la publicidad, habilitar algún procedimiento sencillo y gratuito para que los destinatarios de la publicidad puedan oponerse al tratamiento prestado e informar al destinatario del origen de sus datos.
No cumplir con la LSSICE puede ocasionarte sanciones que oscilan entre los  30.000 euros y  los 600.000 euros.
Así que antes de realizar comunicaciones comerciales a gran escala, revisa el cumplimiento de estas dos leyes y en caso de duda consulta a tu consultor en Protección de Datos.

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