jueves, 28 de noviembre de 2013

Día Internacional de la Seguridad de la Información

Este sábado 30 de noviembre se celebra el Día Internacional de la Seguridad de la Información. Una jornada destinada a concienciar sobre la infinidad de riesgos que acechan a nuestros equipos y a los datos que almacenamos en ellos, riesgos que ahora se ven incrementados por internet, las redes sociales y el uso de nuevos dispositivos móviles. 

En el caso de las empresas, el riesgo es aún mayor porque se trabaja con muchos más datos (de clientes, de trabajadores, de proveedores....), más sensibles, con mayor número de dispositivos (portátiles, tablets, smartphones, etc.) y hay mucha más gente implicada en el uso y tratamiento de la información.

Por eso, prevenir antes que curar.

miércoles, 27 de noviembre de 2013

Pósters y trípticos contra el ciberacoso (INTECO)

Como medida de apoyo a la  “Guía de actuación ante el ciberacoso” y las “Guías S.O.S.se han elaborado unos trípticos y posters en formato cómic. Estos materiales están dirigidos a niños y adolescentes de los distintos centros educativos.

La simple existencia del ciberbullying y grooming nos obliga a actuar de la mejor manera posible, que no deja ser la prevención, detección y respuesta ante incidentes. Por eso, se han publicado desde INTECO varias guías dirigidas a padres y educadores:
Dentro de esta campaña que hemos puesto en marcha contra el ciberbullying y grooming, hay disponibles unos trípticos y posters en formato cómic dirigidos a niños y adolescentes con consejos de actuación contra el ciberacoso. Te animamos a que lo compartas con tus hijos/alumnos.

Protección de Datos y menores

La AEPD ha creado una web con materiales exclusivos pensados para los menores y para los educadores.

Una web donde podrás encontrar legislación, una guía didáctica, fichas, un "comic", un glosario...y más material para que los más pequeños puedan aprender sobre la seguridad de la información y de las nuevas tecnologías.

La web es TU DECIDES EN INTERNET y se ha creado para ofrecer recursos y materiales informativos destinados tanto a niños como a padres, tutores y miembros de la comunidad académica interesados en profundizar en el derecho fundamental a la protección de datos de una forma sencilla y educativa. Para ello se han recopilado materiales divulgativos propios y enlaces a webs en las que se puede encontrar más información y otros recursos de interés.

Protección de Datos sanciona a Pepephone con 3.000 euros

Pepephone tendrá que afrontar una sanción de 3.000 euros impuesta por la Agencia Española de Protección de Datos tras la autodenuncia de la propia compañía por mostrar la dirección de correo de todos los destinatarios en un e-mail a los que se dirigió para comunicarles una mejora en las condiciones de su tarifa móvil.

El error humano tuvo lugar el pasado mes de abril, y motivó que la compañía pidiera disculpas públicamente a través de Twitter y a anunciar -también a través de esta red social- que serían ellos mismos los que se denunciarían ante la AGPD.

La Agencia de Protección de Datos ha anunciado que la infracción de Pepephone es grave, por lo que tendrán que desembolsar 3.000 euros en el plazo señalado
.
Una sanción que, sin embargo, es pequeña si consideramos que la multa podría haber alcanzado hasta 300.000 euros. La razón de la rebaja es que la agencia no aprecia “intencionalidad acreditada” en el suceso.

lunes, 8 de julio de 2013

Derechos ARCO



Los derechos ARCO regulados en la LOPD permiten a los ciudadanos titulares de los datos personales que trata tu empresa ejercer un control sobre sus propios datos. Tu empresa deberá atenderlos convenientemente y dentro de los plazos que marca la normativa.

Al recabar datos de una persona (cliente, usuario, destinatario de campañas publicitarias, trabajador…) para incorporarlos a un fichero, tu empresa debe informar de ciertos puntos obligatorios, entre los que se encuentra el ejercicio de los derechos ARCO (acceso, rectificación, cancelación y oposición). 

El derecho de acceso permite a todo ciudadano dirigirse a tu empresa y solicitar información respecto de sus datos que se encuentren en los ficheros de tu empresa. 

El derecho de rectificación permite solicitar que se corrijan datos cuando éstos sean inexactos.
El derecho de cancelación permite solicitar el bloqueo o supresión de sus datos personales (y, por lo tanto, que dejen de ser utilizados).

El derecho de oposición permite exigir que no se lleve a cabo el tratamiento.

lunes, 16 de abril de 2012

Recogida de Basuras y LOPD

Este fin de semana nos hemos enterado en tformas que el ayuntamiento de Lazkao quiere instaurar un sistema de recogida de basuras puerta a puerta. El sistema es "muy sencillo": los diferentes tipos de residuos que se generan en casa se ponen en un cubo y se depositan en un colgador que está situado en la calle, una vez ahí, los operarios de la Mancomunidad (en este caso la mancomunidad de Sasieta) los recogen. Cada día se recoge un material diferente: así en los 7 días de la se semana se recoge 3 veces la orgánica, 2 veces los envases, una el cartón y otro día el resto.

Ahora direis... ¿y esto que tiene que ver con la Protección de Datos? Resulta que cada vecino tendrá un cubo, y este cubo tiene un código con el que se identifica al vecino y la basura que deposita; con lo cual los operarios de la Mancomunidad saben en cada momento la basura que depositas en los cubos, tipo de basura, si nos ha reciclado correctamente... El ayuntamiento de Lazkao asegura que se cumplira con la Protección de Datos. Una de las dudas que se tienen al respecto es: ahora un vecino deposita su basura en un contenedor y listos. Ahora se deposita en un colgador que cualquier vecino puede identificar con facilidad y saber que es lo que depositas y lo que no, que es lo que comes, si estas con la regla, si estas embarazada,...

¿Qué opinais?

martes, 10 de abril de 2012

Resumen de la Ley de Videovigilancia

Los responsables que cuenten con sistemas de videovigilancia deberán cumplir con el deber de información previsto en la LOPD. A tal fin deberán colocar, en las zonas videovigiladas, al menos un distintivo informativo ubicado en lugar suficientemente visible, tanto en espacios abiertos como cerrados. El distintivo tiene que ser como el que mostramos en la imagen, tiene que estar en un lugar visible y cumplimentado correctamente.
Sólo se considerará admisible la instalación de cámaras o videocámaras cuando la finalidad de vigilancia no pueda obtenerse mediante otros medios que, sin exigir esfuerzos desproporcionados, resulten menos intrusivos para la intimidad de las personas y para su derecho a la protección de datos de carácter personal.
Las cámaras y videocámaras instaladas en espacios privados no podrán obtener imágenes de espacios públicos salvo que resulte imprescindible para la finalidad de vigilancia que se pretende, o resulte imposible evitarlo por razón de la ubicación de aquéllas.
Las imágenes sólo serán tratadas cuando sean adecuadas, pertinentes y no excesivas en relación con el ámbito y las finalidades determinadas, legítimas y explícitas, que hayan justificado la instalación de las cámaras o videocámaras.
Ley Videovigilancia. Normativa Videovigilancia. Normativa homolgación CCTV.
SISTEMAS CON GRABACIÓN DE VIDEO PARA VIDEOVIGILANCIA
Es obligatorio homologar en la Agencia Española de Protección de Datos todas las instalaciones con grabación de vigilancia según la LOPD.
La empresa o comercio que tiene instalado el sistema de vigilancia es la que tiene la obligación de inscribir la instalación para cumplir la LOPD.
La creación de un fichero de imágenes de videovigilancia exige su previa notificación a la Agencia Española de Protección de Datos, para la inscripción en su Registro General. Esto afecta a instalaciones en las que se graben las imágenes. Para cumplir la ley orgánica dde protección de datos LODP, es obligatorio homologar en la Agencia Española de Protección de Datos todas las instalaciones con grabación de vigilancia.
Según la Instrucción 1/2006, de 8 de Noviembre, de la Agencia Española de Protección de Datos, publicada en el BOE el 12 de Diciembre de 2006:
  • Las grabaciones tendrán que inscribirse en la agencia española de protección de datos.
  • Las grabaciones deberán ser eliminadas en el plazo máximo de un mes.
  • Se colocarán los distintivos informativos, identificando el responsable ante quien ejercer los derechos de protección de datos.
  • Se debe cumplir la instrucción en un plazo máximo de 3 meses desde su entrada en vigor.